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30a/3 BUO/19 ej.1


  

Código Procesal Penal de la Provincia de Corrientes. Comentario por artículo conforme Ley N° 6518 / 19

[Libro]. --
Resistencia :

ConTexto

, . --

  Principios y garantías procesales
Acción penal
La Justicia penal y los sujetos procesales. El ministerio público
- El imputado
- La víctima
- El querellante
La oficina Judicial
Actividad Procesal
Actividad Probatoria
Medidas de coerción y cautelares
Procedimientos ordinarios y especiales
Proceso Penal Juvenil
Ejecución Penal
Costas e indemnizaciones

  En reiterada jurisprudencia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo que para restringir el derecho a la libertad personal a través de medidas como la prisión preventiva, deben existir indicios suficientes que permitan suponer razonablemente que la persona sometida al proceso ha participado en el ilícito que se investiga. Sin embargo, aún verificado este extremo, la privación de libertad sólo se puede fundamentar en un fin legítimo, a saber: asegurar que el acusado no impedirá el desarrollo del procedimiento ni eludirá la acción de la justicia (CIDH, caso J. vs Perú, 11769/2014). El actual juez de instrucción (figura anómala al sistema constitucional) actúa en los procesos de modo contrario al reglado por los Tratados Internacionales sobre DDHH, pues en su actividad jurisdiccional siempre está afectada su imparcialidad, debido a que no solamente juzga, sino que, al mismo tiempo, investiga, asumiendo el rol de Fiscal, impulsando el proceso y, consecuentemente, perjudicando gravemente la garantía del debido proceso legal. El juez de instrucción -en el actual sistema de enjuiciamiento penal- no es garante de la legalidad; es el gran inquisidor, con un interés igual al de la parte acusadora, asumiendo el papel de investigador, acusador y juzgador, todo al mismo tiempo, perdiendo la necesaria objetividad que debe de tener para juzgar, precisamente y no sólo por haber tomado nota de la teoría del caso que ya conoció en su previa actividad investigativa, sino porque desconoce el impacto que ha tenido (y tiene) la normativa internacional en el proceso penal local (art. 8.1, CADH; art. 10, DUDH; art. 114.6, CN). El 7 de noviembre de 2019 el Honorable Senado provincial sancionó la Ley 6518/19, por medio de la cual se aprobó el nuevo Código Procesal Penal para la provincia de Corrientes, con una vacatio legis de tres años, tiempo más que suficiente para que este nuevo modelo de enjuiciamiento penal produzca la transformación definitiva que desde hace décadas necesita el sistema de justicia penal actualmente en vigencia El libro que se presenta al lector no es más que una pequeña contribución teórico-práctica a ese cambio, para que en nuestra provincia se haga más factible, dinámico y racional el proceso penal y, a la vez, implique un efectivo resguardo de las garantías individuales.
  ISBN: 9789877304442

  1. 
CODIGO PROCESAL PENAL DE CORRIENTES
; 2. 
FLAGRANCIA
I. II.

  (1) Inv.: 01-015045 S.T.: 30a/3 BUO/19 ej.1 ; (1) Inv.: 01-015090 S.T.: PP cuerpo méd forense BUO ej.2 ; (1) Inv.: 01-015091 S.T.: PP cuerpo méd forense BUO ej.3 ; (1) Inv.: 01-015271 S.T.: 30a/3 BUO/19 ej.2 ; (3) Inv.: 03-003525 S.T.: B/5 BUO ej.1 ; (4) Inv.: 04-003078 S.T.: 1/2 BUO ej.1

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U. Info. Inventario S.T. / Ubicación Estado de Disponibilidad Tipo de Préstamo
01-015045 30a/3 BUO/19 ej.1
01-015090 PP cuerpo méd forense BUO ej.2
01-015091 PP cuerpo méd forense BUO ej.3
01-015271 30a/3 BUO/19 ej.2
03-003525 B/5 BUO ej.1
04-003078 1/2 BUO ej.1

Formulario para Solicitud de Material

Buompadre, Jorge Eduardo
Código Procesal Penal de la Provincia de Corrientes. Comentario por artículo conforme Ley N° 6518 / 19 [Libro]. -- Resistencia : ConTexto, 2019

Principios y garantías procesales
Acción penal
La Justicia penal y los sujetos procesales. El ministerio público
- El imputado
- La víctima
- El querellante
La oficina Judicial
Actividad Procesal
Actividad Probatoria
Medidas de coerción y cautelares
Procedimientos ordinarios y especiales
Proceso Penal Juvenil
Ejecución Penal
Costas e indemnizaciones

En reiterada jurisprudencia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo que para restringir el derecho a la libertad personal a través de medidas como la prisión preventiva, deben existir indicios suficientes que permitan suponer razonablemente que la persona sometida al proceso ha participado en el ilícito que se investiga. Sin embargo, aún verificado este extremo, la privación de libertad sólo se puede fundamentar en un fin legítimo, a saber: asegurar que el acusado no impedirá el desarrollo del procedimiento ni eludirá la acción de la justicia (CIDH, caso J. vs Perú, 11769/2014). El actual juez de instrucción (figura anómala al sistema constitucional) actúa en los procesos de modo contrario al reglado por los Tratados Internacionales sobre DDHH, pues en su actividad jurisdiccional siempre está afectada su imparcialidad, debido a que no solamente juzga, sino que, al mismo tiempo, investiga, asumiendo el rol de Fiscal, impulsando el proceso y, consecuentemente, perjudicando gravemente la garantía del debido proceso legal. El juez de instrucción -en el actual sistema de enjuiciamiento penal- no es garante de la legalidad; es el gran inquisidor, con un interés igual al de la parte acusadora, asumiendo el papel de investigador, acusador y juzgador, todo al mismo tiempo, perdiendo la necesaria objetividad que debe de tener para juzgar, precisamente y no sólo por haber tomado nota de la teoría del caso que ya conoció en su previa actividad investigativa, sino porque desconoce el impacto que ha tenido (y tiene) la normativa internacional en el proceso penal local (art. 8.1, CADH; art. 10, DUDH; art. 114.6, CN). El 7 de noviembre de 2019 el Honorable Senado provincial sancionó la Ley 6518/19, por medio de la cual se aprobó el nuevo Código Procesal Penal para la provincia de Corrientes, con una vacatio legis de tres años, tiempo más que suficiente para que este nuevo modelo de enjuiciamiento penal produzca la transformación definitiva que desde hace décadas necesita el sistema de justicia penal actualmente en vigencia El libro que se presenta al lector no es más que una pequeña contribución teórico-práctica a ese cambio, para que en nuestra provincia se haga más factible, dinámico y racional el proceso penal y, a la vez, implique un efectivo resguardo de las garantías individuales.
ISBN: 9789877304442

1. CODIGO PROCESAL PENAL DE CORRIENTES; 2. FLAGRANCIA I. Cafferata Nores, José I. II. González, Ramón Luis

(1) Inv.: 01-015045 S.T.: 30a/3 BUO/19 ej.1 ; (1) Inv.: 01-015090 S.T.: PP cuerpo méd forense BUO ej.2 ; (1) Inv.: 01-015091 S.T.: PP cuerpo méd forense BUO ej.3 ; (1) Inv.: 01-015271 S.T.: 30a/3 BUO/19 ej.2 ; (3) Inv.: 03-003525 S.T.: B/5 BUO ej.1 ; (4) Inv.: 04-003078 S.T.: 1/2 BUO ej.1
Solicitante: