logo

Biblioteca. Catálogo en Línea

Biblioteca. Catálogo en Línea

10/4 PIZt/3 ej.1


  

Tratado de responsabilidad civil : 3 Parte especial y acciones de responsabilidad civil

[Libro]. -- , . -- . -- Tratado de responsabilidad civil: Tomos: 1;2 ;3

  Contiene: Tomo 3: Parte especial y acciones de responsabilidad civil--responsabilidad en el transporte terrestre de personas y cosas --responsabilidad de organizador de espectaculos públicos -- responsabilidad del titular de establecimientos educativos -- responsabilidad de las empresas concesionarias de peaje por daños sufridos por usuarios-- responsabilidad por daños derivados de la lesión a derechos personalisimos --responsabilidad de los medios de comunicación-- responsabilidad civil de los proveedoresde servicios de internet --responsabilidad por daño ambiental -- respopnsabilidad por daños en las relaciones de familiares-- responsabilidad colectiva, anonima, y por la actividad riegosa de un grupo -- acciones de responsabilidad -- relaciones entre la acción civil y la acción penal

  Ver INDICE en archivo adjunto PDF

SECCIÓN QUINTA - SUPUESTOS ESPECIALES DE RESPONSABILIDAD CIVIL (CONTINUACIÓN)
CAPÍTULO XXIV - RESPONSABILIDAD EN EL TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS Y COSAS
470. Importancia del tema, pág. 3
471. Modalidades del transporte y del contrato de transporte, pág. 6
472. El contrato de transporte en el código civil y comercial. Nociones básicas, pág. 9
a) Método seguido, pág. 9
b) Disposiciones generales del código en materia de transporte, pág. 9
1) Caracterización del contrato de transporte, pág. 9
2) Responsabilidad del transportista, pág. 12
I. Responsabilidad por retraso, pág. 12
II. Daños causados a las personas y carga transportadas, pág. 12
c) Naturaleza de esta responsabilidad, pág. 15
d) Legitimación activa, pág. 17
e) Legitimación pasiva, pág. 17
473. Legitimación pasiva. La responsabilidad del conductor o chofer, pág. 18
474. Responsabilidad del transportista por daños a las personas transportadas, pág. 20
a) El daño resarcible, pág. 20
b) Los daños deben ocurrir durante el transporte, pág. 21
c) Los daños deben provenir del riesgo o vicio de la actividad desplegada por el transportista o de la cosa por él utilizada, pág. 24
475. Responsabilidad del transportista en el transporte de cosas, pág. 24
a) Daños a la carga transportada, pág. 24
b) Daños derivados de otros incumplimientos, pág. 25
476. Eximentes, pág. 26
a) Eximentes propias de un sistema de responsabilidad objetiva. Aplicación de los principios generales. Remisión, pág. 26
b) Prohibición de eximentes convencionales, pág. 27
477. La responsabilidad objetiva y el transporte benévolo, pág. 28
a) El transporte benévolo. Nociones básicas, pág. 28
b) Naturaleza jurídica. Eclipse de su importancia en materia de responsabilidad por daños, pág. 30
c) El fundamento de la responsabilidad del transportista benévolo, pág. 32
478. La responsabilidad objetiva y el transporte clandestino de personas, pág. 33
479. Prescripción de la acción resarcitoria, pág. 36
a) Régimen aplicable, pág. 36
CAPÍTULO XXV RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
480. Introducción, pág. 39
A) RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS (EN GENERAL)
481. El contrato de espectáculo público. Nociones generales, pág. 40
a) Caracterización, pág. 40
b) Obligaciones del organizador, pág. 42
c) Derechos del organizador, pág. 43
d) Derechos del espectador, pág. 44
e) Obligaciones del espectador, pág. 44
B) LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS
482. El contrato de espectáculo público deportivo, pág. 44
a) Caracterización. Aplicación de los principios generales, pág. 44
b) El marco normativo, pág. 45
1) El período anterior a la sanción de la ley 23.184, pág. 45
2) La etapa posterior a la sanción de la ley 23.184. Las reformas introducidas a esta última por la ley 24.192, pág. 46
483. La obligación de seguridad en el contrato de espectáculo deportivo, pág. 49
a) En qué consiste, pág. 49
b) Extensión y límites de la obligación de seguridad. Ámbito temporal y espacial, pág. 50
c) La prueba del incumplimiento de la obligación de seguridad. La prueba fílmica (art. 44, ley 24.192), pág. 53
d) El factor de atribución. La obligación de seguridad como obligación de resultado, pág. 54
484. La acción resarcitoria, pág. 54
a) Legitimación activa, pág. 54
b) Legitimación pasiva, pág. 56
1) Las entidades o asociaciones participantes. Alcance de esta expresión, pág. 56
2) La necesaria elongación del aparato organizador del espectáculo deportivo. La responsabilidad de la AFA, pág. 58
I. La posición negativa, pág. 58
II. La posición positiva, pág. 59
3) Responsabilidad del Estado, pág. 62
4) La responsabilidad de los autores materiales del daño, pág. 63
5) Responsabilidad por el hecho de las cosas y de terceros, pág. 64
6) Responsabilidad colectiva, pág. 64
7) Supuestos controvertidos, pág. 64
485. Eximentes, pág. 66
a) Aplicación de los principios generales, pág. 66
b) Hecho o culpa de la víctima, pág. 67
c) Hecho o culpa de un tercero extraño, pág. 67
d) Caso fortuito o fuerza mayor, pág. 69
CAPÍTULO XXVI RESPONSABILIDAD DEL TITULAR DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
486. El sistema del código de Vélez Sársfield, pág. 71
487. La reforma introducida al artículo 1117 (t. o. ley 24.830) del código civil anterior, pág. 74
488. La cuestión en el código civil y comercial, pág. 74
489. Establecimientos comprendidos, pág. 77
490. Establecimientos excluidos, pág. 79
a) Establecimientos de educación superior y universitaria, pág. 79
b) Quid de la pretendida exclusión de los establecimientos públicos educativos, pág. 80
491. Legitimación pasiva, pág. 83
492. El factor de atribución, pág. 84
493. Requisitos, pág. 86
a) Daño causado o sufrido por un alumno, pág. 86
1) Daños causados por los alumnos, pág. 86
2) Daños sufridos por alumnos, pág. 87
b) Minoridad del alumno dañador o dañado, pág. 88
c) El daño debe producirse durante una actividad realizada bajo situación de control de la autoridad educativa, pág. 90
1) Importancia de este requisito. Críticas a la terminología legal, pág. 90
2) ¿Quiénes revisten calidad de "autoridad escolar" a los fines del artículo 1767 del código civil y comercial?, pág. 92
3) ¿Cuándo comienza y cuándo concluye el control de la autoridad educativa?, pág. 92
4) Ámbito espacial de la responsabilidad del propietario del establecimiento educativo, pág. 94
494. Eximentes, pág. 98
a) La responsabilidad objetiva agravada. El caso fortuito como eximente, pág. 98
b) La culpa o el hecho del damnificado, pág. 101
c) El hecho del tercero extraño, pág. 103
d) Cláusulas de eximición de responsabilidad, pág. 104
495. El seguro obligatorio contra responsabilidad civil, pág. 104
496. Responsabilidades concurrentes, pág. 106
497. Acción de recursoria, pág. 107
CAPÍTULO XXVII - RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS DE PEAJE POR DAÑOS SUFRIDOS POR USUARIOS
498. Introducción, pág. 109
499. Algunas nociones básicas en torno a la concesión de peaje, pág. 110
a) Aspectos generales, pág. 110
b) Marco normativo. Constitucionalidad del sistema, pág. 111
500. Naturaleza de la relación entre el concesionario de la obra pública y el Estado, pág. 112
501. Naturaleza de la relación entre el concesionario de obras y servicios públicos y el usuario. Su importancia en el plano de la responsabilidad por daños, pág. 112
a) Doctrina de la delegación administrativa o de relación transestructural. La tesis extracontractualista, pág. 112
b) Doctrina de la relación contractual de derecho privado entre el concesionario y el usuario, pág. 116
c) Doctrina de la relación de consumo, pág. 120
d) Doctrina de la situación obligacional, pág. 123
502. Nuestra opinión, pág. 124
503. Responsabilidad de la empresa concesionaria de peaje por daños sufridos por usuarios que colisionan con animales sueltos en la ruta. La evolución de la jurisprudencia de la Corte Suprema, pág. 129
a) Planteo de la cuestión. Las distintas posiciones, pág. 129
b) La evolución de la jurisprudencia de la Corte Suprema sobre el tema, pág. 134
CAPÍTULO XXVIII - RESPONSABILIDAD POR DAÑOS DERIVADOS DE LA LESIÓN A DERECHOS PERSONALÍSIMOS
A) ASPECTOS GENERALES
504. Introducción, pág. 145
505. Implicancias constitucionales, pág. 146
506. La dignidad de la persona en los pactos internacionales sobre derechos humanos y en las nuevas constituciones provinciales, pág. 148
507. La inviolabilidad de la persona humana en el código civil y comercial, pág. 149
B) DAÑOS DERIVADOS DE LA LESIÓN A LA INTIMIDAD
508. El derecho a la intimidad. Caracterización, pág. 151
509. Tutela supranacional, constitucional y legal de la intimidad, pág. 154
510. Titulares del derecho a la intimidad, pág. 155
a) Personas humanas. Quid de las personas o figuras públicas, pág. 155
b) Los muertos, pág. 158
c) Las personas jurídicas, pág. 158
511. Distintas maneras de atentar contra la intimidad, pág. 159
a) Publicación de retratos, pág. 160
b) Difusión de correspondencia, pág. 160
c) Mortificación en las costumbres o los sentimientos. Otros posibles modos de perturbar la intimidad, pág. 161
512. Las modernas formas de agresión al derecho a la intimidad, pág. 162
513. Los límites del derecho a la intimidad, pág. 163
a) Aspectos preliminares, pág. 163
b) El consentimiento del propio interesado, pág. 164
c) El ejercicio regular del derecho de informar y el interés público prevaleciente, pág. 165
514. Daños a la intimidad por la prensa. Intimidad y libertad de expresión. Remisión, pág. 167
515. La publicación de la sentencia como modo de reparación del daño. Remisión, pág. 167
C) DAÑOS DERIVADOS DE LA LESIÓN AL HONOR
516. El honor. Concepto subjetivo y objetivo, pág. 167
517. Titulares del derecho al honor, pág. 168
a) Personas humanas, pág. 168
b) Los muertos, pág. 169
c) Las personas jurídicas, pág. 169
518. Tutela supranacional del derecho al honor, pág. 170
519. La tutela jurídica del honor en el derecho argentino, pág. 171
520. La calumnia, pág. 172
521. La injuria, pág., pág. 173
522. La acusación calumniosa, pág. 174
a) Concepto, pág., pág. 174
b) Requisitos, pág. 175
c) La sola absolución del imputado no compromete la responsabilidad del denunciante, pág. 176
d) Cómputo del plazo de prescripción, pág. 176
523. Los límites del derecho al honor, pág. 176
a) La exceptio veritatis, pág. 176
b) Otros límites al derecho al honor, pág. 179
524. Daños al honor causados por la actividad de los medios de comunicación social. Remisión, pág. 179
525. El daño resarcible, pág. 179
526. Forma y modo de efectuarse la reparación, pág. 180
527. La retractación del ofensor. Sus implicancias jurídicas, pág. 180
D) DAÑOS QUE DERIVAN DE LA LESIÓN AL DERECHO A LA IMAGEN
528. El derecho a la imagen, pág. 182
529. El derecho a la imagen en la legislación argentina, pág. 182
530. Supuestos en los cuales la ley permite captar o reproducir la imagen ajena, pág. 184
a) Cuando medie consentimiento del titular, pág. 184
b) Participación en actos públicos, pág. 184
c) Interés científico, cultural o educacional prevaleciente, pág. 185
d) Ejercicio regular del derecho de informar, pág. 185
531. Prevención y reparación del daño derivado de la lesión al derecho a la imagen, pág. 185
532. Daños derivados de la lesión al derecho a la imagen como resultado de la actividad de los medios de prensa. Remisión, pág. 186
E) DAÑOS DERIVADOS DE LA LESIÓN AL DERECHO A LA VOZ
533. El derecho a la voz como derecho personalísimo autónomo, pág. 186
534. La cuestión en el código civil y comercial, pág. 187
F) DAÑOS DERIVADOS DE MINORACIÓN DEL DERECHO A LA IDENTIDAD PERSONAL (O A LA FIEL REPRESENTACIÓN DE LA PERSONALIDAD)
535. El derecho a la identidad personal como bien jurídicamente protegido, pág. 188
536. Caracteres especiales, pág. 190
a) Totalidad, pág. 190
b) Exterioridad, pág. 191
c) Dinamismo, pág. 191
d) Comprende las facetas sustanciales de la personalidad que hacen a su esencia, pág. 191
537. La cuestión en el derecho argentino, pág. 192
538. Los límites del derecho a la identidad personal, pág. 194
539. Resarcimiento de daños, pág. 195
G) DAÑOS QUE DERIVAN DE LA LESIÓN DEL DERECHO A LA IGUALDAD
540. El derecho a la igualdad, pág. 195
541. La Ley 23.592 de Discriminación y Persecución Racial y Religiosa, pág. 196
542. Daños y perjuicios que derivan de la lesión al derecho a la igualdad, pág. 197
CAPÍTULO XXIX - RESPONSABILIDAD DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN
A) INTRODUCCIÓN
543. El sistema de la prensa liberal, pág. 199
544. El advenimiento de la prensa comercial. Los medios de comunicación social, pág. 202
a) La crisis del sistema de la prensa liberal, pág. 202
b) Factores determinantes del advenimiento de la prensa comercial y de los modernos medios de comunicación social, pág. 203
1) El advenimiento de la sociedad de masas, pág. 203
I. La información en una sociedad de masas, pág. 204
II. Los institutos jurídicos masificados, pág. 204
2) Incremento en el número de consumidores de información, pág. 205
3) La publicidad, pág. 206
4) La industrialización de la prensa, pág. 207
5) El impacto tecnológico y la comunicación social, pág. 208
6) La concentración de empresas, pág. 209
c) Ante una realidad preocupante, pág. 209
B) IMPLICANCIAS CONSTITUCIONALES
545. Los modernos medios masivos de comunicación frente al derecho, pág. 210
a) La libertad de expresión, pág. 211
1) De la libertad de expresión al derecho a la información, pág. 212
2) Libertad de prensa en la Constitución Nacional, pág. 214
3) La prohibición de censura previa, pág. 215
b) ¿Tiene carácter absoluto el derecho de publicar ideas por la prensa sin censura previa?, pág. 217
c) Prohibición de censura previa y responsabilidad civil ulterior, pág. 219
d) La dignidad de la persona en la Constitución Nacional y en los pactos internacionales sobre derechos humanos, pág. 219
1) Aspectos constitucionales, pág. 220
2) La dignidad de la persona en los pactos internacionales sobre derechos humanos y en las nuevas constituciones provinciales, pág. 222
e) El conflicto entre derechos constitucionales, pág. 222
1) La relatividad de los derechos constitucionales. Limitaciones intrínsecas y extrínsecas, pág. 223
2) La armonización de derechos constitucionales en caso de conflicto, pág. 224
3) El conflicto entre la libertad de expresión y los derechos personalísimos (honor, intimidad, imagen), pág. 228
C) LA RESPONSABILIDAD CIVIL RESARCITORIA DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN. LA ANTIJURIDICIDAD
546. Planteo de la cuestión, pág. 229
547. El objeto del derecho a informar. Los denominados "límites internos de la libertad de expresión", pág. 231
a) Objeto y contenido del derecho a informar, pág. 231
b) La información. La noticia. Hechos, ideas y opiniones, pág. 232
c) La información de hechos, pág. 233
1) La exactitud y la verdad, pág. 234
2) Quid del requisito de objetividad, pág. 236
3) Actualidad de la noticia, pág. 237
4) Interés general, pág. 238
5) Comunicabilidad, pág. 238
6) Forma de expresión, pág. 239
d) Las ideas, pág. 240
e) Las opiniones y los juicios, pág. 241
548. Transgresión lato sensu y ejercicio abusivo del derecho a informar, pág. 242
a) Doctrina que niega la aplicación de la teoría del abuso del derecho en materia de derecho (libertad) de informar, pág. 242
b) El derecho a informar puede ser ejercido abusivamente, pág. 243
549. El derecho a informar y el derecho a la intimidad, pág. 246
a) Los hechos, pág. 246
b) La doctrina de la Corte Suprema, pág. 247
550. Las figuras públicas y el derecho a la intimidad, pág. 249
551. El derecho al honor. Calumnias e injurias cometidas a través de los medios masivos de comunicación, pág. 249
552. El caso "Campillay, Julio C. c/La Razón, Crónica y Diario Popular", pág. 251
a) Los hechos, pág. 251
b) La doctrina de la Corte Suprema, pág. 252
c) Los antecedentes de la doctrina "Campillay" en el derecho estadounidense. El fair report privilege, pág. 253
553. La cuestión en el derecho argentino. Requisitos para que se configure la doctrina "Campillay", pág. 255
a) Una fuente individualizada que emita la información. Quid del carácter público o confiable de la fuente, pág. 256
b) Un medio informador que reproduce la información emitida por la fuente, pág. 259
c) Adecuación objetiva, exacta y completa entre lo expresado por la fuente y lo informado, pág. 260
d) Interés público relevante de la información, pág. 262
e) Ausencia de dolo por parte del informador, pág. 263
f) La reserva de la identidad del sindicado como responsable, pág. 264
g) Utilización del modo verbal potencial, pág. 264
h) El afectado por la información, pág. 266
i) La recepción normativa de la doctrina "Campillay" en materia criminal. La ley 26.551, pág. 267
j) Carga de la prueba, pág. 268
k) Los efectos del test "Campillay", pág. 268
554. El caso "Costa, Héctor R. c/Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y otros", pág. 269
a) Los hechos, pág. 269
b) El caso "Costa" y la doctrina estadounidense "New York Times vs. Sullivan" y "Gertz vs. Robert Welch", pág. 270
1) Ratificación de la doctrina "Campillay", pág. 270
2) La distinción entre "funcionarios públicos" y "ciudadanos particulares". Insinuación de un criterio jurisprudencial estadounidense. Remisión, pág. 270
555. La información acerca de procesos judiciales penales pendientes de resolución y la tutela del honor del imputado, pág. 271
a) La cuestión en el derecho comparado. La evolución de la jurisprudencia de la Suprema Corte de los Estados Unidos de América, pág. 271
b) La cuestión en el derecho argentino, pág. 275
556. La difusión de hechos referidos a menores de dieciocho años. La protección de la infancia y de la adolescencia como límite del derecho a la información, pág. 277
a) Derecho comparado, pág. 277
b) La cuestión en el derecho argentino, pág. 279
D) LA RESPONSABILIDAD CIVIL RESARCITORIA DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN. EL FACTOR DE ATRIBUCIÓN
557. Daños por informaciones inexactas o agraviantes, pág. 281
a) Doctrina de la responsabilidad subjetiva, pág. 282
b) Doctrina que funda la responsabilidad de los medios en la culpa, pero que admite hipótesis residuales de responsabilidad objetiva, por aplicación de la teoría del ejercicio abusivo de los derechos, pág. 285
c) Doctrina de la responsabilidad objetiva fundada en el deber legal de garantía del principal por el hecho de sus dependientes, pág. 286
d) Doctrina que consagra como principio la culpa, pero que admite con mayor amplitud otros supuestos de responsabilidad objetiva, pág. 287
e) Doctrina de la responsabilidad objetiva fundada en el riesgo creado (arts. 1757 y 1758, Cód.Civ. Com.). El riesgo de la actividad. Nuestra opinión, pág. 288
1) El factor objetivo de atribución no puede ser inferido de la índole del derecho lesionado, pág. 291
2) La responsabilidad por riesgo no es incompatible con la posible existencia de culpa o dolo, pág. 292
3) Críticas a la doctrina que defendemos. Réplica, pág. 293
558. La doctrina de la real malicia -actual malice-, pág. 294
559. La doctrina de la real malicia y los precedentes de la Corte en materia de responsabilidad civil, pág. 296
560. Extensión y límites de la doctrina de la real malicia en la jurisprudencia de la Corte Suprema, pág. 299
a) El "test" de la real malicia versus el "test" de la veracidad, pág. 299
b) La doctrina de la real malicia sólo se aplica a información sobre hechos y no a opiniones, pág. 300
c) ¿Quiénes están alcanzados por la doctrina de la real malicia?, pág. 301
1) Los funcionarios públicos, pág. 301
2) Las figuras públicas, pág. 302
3) Sujetos excluidos, pág. 303
d) Elemento subjetivo de la responsabilidad, pág. 304
e) Prueba de la falsedad, pág. 304
f) La doctrina de la real malicia y el derecho a la intimidad, pág. 304
561. La doctrina de la real malicia y la responsabilidad penal del editor y del periodista, pág. 307
562. Nuestra opinión. La doctrina de la real malicia es ajena a nuestro sistema jurídico. Ausencia de bases normativas, pág. 307
563. La doctrina de la real malicia y la libertad de prensa, pág. 311
564. El derecho de daños y los valores constitucionales en juego, pág. 312
565. La doctrina de la real malicia es mucho más que una simple técnica procesal. El problema de la carga de la prueba, pág. 314
566. La autodefensa del agraviado y la doctrina de la real malicia, pág. 316
567. Riesgos de importar fraccionadamente una doctrina extranjera, pág. 318
568. La grave inseguridad jurídica que genera la actual jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pág. 320
569. Daños provenientes de la expresión de ideas y opiniones agraviantes, pág. 323
a) Los límites internos de la libertad de expresión de ideas y opiniones, pág. 324
b) ¿Cuál es el factor de atribución en materia de daños causados por la expresión de ideas y opiniones agraviantes?, pág. 326
c) Daño y relación causal, pág. 331
E) LA REPARACIÓN DEL DAÑO DERIVADO DE NOTICIAS E INFORMACIONES INEXACTAS O AGRAVIANTES. ASPECTOS PARTICULARES
570. Aplicación de los principios generales, pág. 331
571. La publicación de la sentencia como modo de reparación, pág. 331
572. Casos en que procede, pág. 333
a) Atentados contra el honor, la imagen y la identidad personal, pág. 333
b) Atentados contra la intimidad, pág. 334
573. Modo de efectuarse la publicación, pág. 335
574. La publicación de la retractación del ofensor como modo de reparación, pág. 337
F) LA PREVENCIÓN DEL DAÑO DERIVADO DE LA ACTIVIDAD DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN
575. Plan a seguir, pág. 339
576. La prevención del daño y la actividad de los medios, pág. 339
577. Actividad judicial y censura previa, pág. 340
a) Doctrina que en forma absoluta rechaza todo tipo de medidas de prevención, pág. 341
b) Doctrina que como regla general rechaza todo tipo de medida preventiva, salvo las contempladas expresamente en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, pág. 342
c) Doctrina que admite de manera excepcional, con criterio más flexible, otras posibles medidas preventivas de carácter judicial, pág. 342
d) Cuándo proceden las medidas judiciales preventivas, pág. 347
578. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la prevención del daño derivado de la actividad de los medios, pág. 351
a) El caso "Verbitsky", pág. 351
b) El caso "Servini de Cubría", pág. 353
579. El criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pág. 359
G) EL DERECHO DE RÉPLICA, RECTIFICACIÓN O RESPUESTA
580. Introducción, pág. 361
581. Caracterización, pág. 361
a) Medio instrumental idóneo para tutelar preventivamente los derechos de la personalidad, pág. 362
b) Compulsivo, pág. 362
c) Gratuito, pág. 363
d) Compatible con acciones civiles y penales, pág. 363
582. Legitimación activa, pág. 364
583. Legitimación pasiva, pág. 364
584. Publicaciones que dan lugar a réplica, rectificación o respuesta, pág. 365
a) Publicación de noticias e informaciones. Quid de la réplica ideológica, pág. 365
b) Acerca del carácter inexacto o agraviante de la información, pág. 366
c) La publicación debe provenir de un medio de comunicación social, pág. 369
d) Lesión a un interés de carácter personalísimo, pág. 369
585. Tiempo, forma y modo en que debe efectuarse la rectificación, pág. 370
586. Negativa del medio a publicar la respuesta, pág. 371
587. Naturaleza jurídica, pág. 371
588. Las objeciones al derecho de réplica, pág. 372
a) El derecho de réplica atenta contra la libertad de expresión y, en particular, contra la libertad de prensa, pág. 373
b) Legislar sobre derecho de réplica es restringir arbitrariamente la libertad de prensa, pág. 374
c) El derecho de réplica atenta contra el derecho de propiedad de los medios, pág. 375
d) Importa una sanción encubierta a los medios, pág. 376
e) Los procesos judiciales resultan excesivamente prolongados y conspiran contra la finalidad práctica de la institución, pág. 376
589. Bases normativas, pág. 377
a) Las constituciones provinciales, pág. 377
b) El derecho de réplica en el Pacto de San José de Costa Rica, pág. 377
c) El derecho de réplica como derecho implícito en el artículo 33 de la Constitución Nacional, pág. 382
d) Jornadas y Congresos, pág. 384
590. La jurisprudencia de la Corte Suprema sobre derecho de réplica. Evolución, pág. 385
a) Primera etapa. El caso "Sánchez Abelenda". Carácter programático del derecho de réplica, pág. 385
b) Segunda etapa. El caso "Ekmekdjian c/Sofovich". La réplica ideológica. El derecho de réplica fuera de cauce, pág. 388
c) Tercera etapa. El caso "Petric". La Corte corrige el rumbo. El derecho de réplica por buen camino, pág. 392
H) LA ACCIÓN DECLARATIVA DE FALSEDAD (INEXACTITUD) DE LA INFORMACIÓN PUBLICADA
591. Caracterización. Importancia, pág. 394
592. Naturaleza jurídica, pág. 397
593. Bases normativas, pág. 398
594. Ámbito de aplicación, pág. 399
595. Diferencias con otras figuras, pág. 400
596. Efectos, pág. 401
597. Vías procesales, pág. 401
CAPÍTULO XXX - RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS EN INTERNET
598. Los proveedores de servicios de Internet, pág. 403
599. Los intereses comprometidos, pág. 405
600. Régimen aplicable en el derecho argentino, pág. 406
601. Responsabilidad de los buscadores por contenidos publicados en Internet, pág. 407
a) Qué son los buscadores, pág. 407
b) Los buscadores de imágenes, pág. 410
602. La responsabilidad personal de quien emite información por Internet, pág. 410
603. La responsabilidad del titular del buscador por los contenidos indebidos publicados en Internet por terceros, pág. 411
a) Planteo de la cuestión, pág. 411
b) Responsabilidad de los buscadores. Distintas tendencias. El factor de atribución, pág. 412
1) El buscador nunca responde, pág. 412
2) Responsabilidad objetiva, pág. 412
3) Responsabilidad subjetiva, pág. 413
I. El factor de atribución es la culpa, pág. 413
II. Una cuestión controvertida: cómo debe realizarse la notificación, pág. 414
604. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia sobre el tema, pág. 416
a) Buscadores de textos, pág. 416
b) Buscadores de imágenes, pág. 417
605. Nuestra opinión, pág. 418
606. El derecho al olvido digital, pág. 422
607. Responsabilidad de las redes sociales, pág. 424
a) Caracterización, pág. 424
b) Derecho comparado, pág. 426
c) Régimen de responsabilidad en el derecho argentino, pág. 427
608. El Proyecto de ley de responsabilidad de los operadores informáticos de los senadores Fellner y Pinedo, pág. 428
CAPÍTULO XXXI - RESPONSABILIDAD POR DAÑO AMBIENTAL. ASPECTOS GENERALES
609. Introducción, pág. 433
610. Consignas irrenunciables, pág. 434
611. El derecho frente al daño ambiental, pág. 437
612. El marco normativo, pág. 439
613. El concepto de daño ambiental, pág. 441
a) Caracterización, pág. 441
b) Importancia de la distinción, pág. 443
614. El daño ambiental de incidencia colectiva o puro, pág. 444
615. El daño ambiental individual, pág. 450
616. El factor de atribución en el daño ambiental, pág. 451
617. La responsabilidad en la ley 25.675 (LGA), pág. 452
618. La responsabilidad por daño ambiental en la ley 25.675 (LGA). Nociones básicas, pág. 457
a) Objetivos de la ley, pág. 457
b) Principios que consagra la LGA relacionados con la reparación del daño ambiental, pág. 458
1) Principio de prevención, pág. 458
2) El principio precautorio, pág. 461
3) Principio de responsabilidad, pág. 463
619. Reparación del daño ambiental de incidencia colectiva, pág. 464
a) Aplicación de los principios generales, pág. 464
b) Reparación en especie, pág. 465
c) Indemnización pecuniaria, pág. 466
620. Legitimación activa. La cuestión en materia de prevención y de reparación del daño ambiental colectivo, pág. 467
a) La normativa vigente y las acciones que emergen de ella, pág. 467
621. Legitimación activa en la acción de cesación del daño ambiental. El amparo ambiental, pág. 469
622. Legitimación activa en la acción de reparación del ambiente dañado, pág. 471
623. Los graves inconvenientes que presenta el sistema de reparación del daño ambiental de incidencia colectiva, pág. 472
624. Legitimación pasiva en materia resarcitoria, pág. 473
a) El marco normativo, pág. 473
b) Legitimación pasiva en los casos de daños causados por un agente individualizado y cuando hay pluralidad de responsables, pág. 474
c) Responsabilidad de las autoridades y de los profesionales de las personas jurídicas que causan daño ambiental colectivo. La responsabilidad de los socios, pág. 475
1) Autoridades de la persona jurídica. Quid de la responsabilidad de quienes integran el órgano de vigilancia, pág. 476
2) Responsabilidad de los socios, pág. 477
3) Responsabilidad de los profesionales, pág. 477
4) Quid de la responsabilidad del que financia un proyecto contaminante, pág. 478
625. Eximentes, pág. 479
a) Rigen eximentes propias de un sistema de responsabilidad objetiva, pág. 479
b) ¿Culpa del damnificado en el daño ambiental colectivo?, pág. 479
c) Hecho de un tercero extraño, pág. 479
d) El caso fortuito, pág. 480
e) La falta de culpabilidad carece de virtualidad eximitoria, pág. 480
626. Prescripción, pág. 480
627. La responsabilidad en la ley 25.612 de gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicios. Nociones generales, pág. 481
a) Objetivos de la ley. Su correlación con la ley 24.051 de residuos peligrosos, pág. 481
b) Residuos incluidos y excluidos de la normativa. Carácter objetivo de esta responsabilidad, pág. 482
c) Legitimación pasiva, pág. 483
d) Eximentes, pág. 485
628. Seguro obligatorio, pág. 486
CAPÍTULO XXXII - RESPONSABILIDAD POR DAÑOS EN LAS RELACIONES FAMILIARES
629. Introducción, pág. 489
630. El vínculo de familia no justifica un acto lesivo, pág. 490
631. Matrimonio y daños, pág. 492
a) Principios generales, pág. 492
b) Daños derivados de la declaración de nulidad del matrimonio, pág. 493
1) La cuestión en el régimen anterior, pág. 493
2) La cuestión en el código civil y comercial, pág. 493
c) Daños derivados del divorcio, pág. 495
1) Planteo de la cuestión. Supuestos que pueden presentarse, pág. 495
2) Daños sufridos a consecuencia del divorcio, pág. 497
3) Daños derivados de la violación al deber moral de fidelidad, pág. 497
I. Doctrina favorable a la reparación, pág. 499
II. Doctrina que sostiene que la violación del deber moral de fidelidad no genera de por sí daño resarcible, pág. 501
4) El daño moral causado a los hijos, proveniente del divorcio de sus padres, pág. 504
632. Uniones convivenciales, pág. 504
633. Compensaciones económicas y responsabilidad civil, pág. 505
634. Responsabilidad de los padres por daños causados a los hijos, pág. 507
a) Falta de reconocimiento voluntario de los hijos, pág. 507
b) Daños causados por la obstaculización de la comunicación entre parientes, respecto a los niños y adolescentes, pág. 511
c) Transmisión de enfermedades, pág. 511
CAPÍTULO XXXIII - RESPONSABILIDAD COLECTIVA, ANÓNIMA Y POR LA ACTIVIDAD RIESGOSA DE UN GRUPO
635. Introducción, pág. 515
636. Las distintas formas que puede adoptar la intervención plural en la causación del resultado dañoso, pág. 516
637. Daño de autoría anónima (o causado por un miembro no individualizado dentro de un grupo determinado de personas), pág. 520
a) Caracterización, pág. 520
b) Su emplazamiento en nuestro sistema de derecho de daños, pág. 521
c) Evolución histórica de la figura. Su tratamiento en el derecho comparado, pág. 522
d) La cuestión en el código de Vélez Sársfield, pág. 524
e) La cuestión en los más recientes proyectos de reforma al derecho privado argentino, pág. 526
f) La cuestión en el nuevo código civil y comercial, pág. 527
1) Requisitos para que se configure la responsabilidad por autoría anónima, pág. 528
I. Existencia de un grupo de personas como autores posibles del daño, pág. 528
II. La relación causal adecuada entre la acción grupal y el daño, pág. 531
III. Quid de la falta de individualización del autor del daño, pág. 532
2) Factor de atribución, pág. 534
3) Eximentes, pág. 538
4) Forma de responder, pág. 538
g) Principales aplicaciones, pág. 539
638. Responsabilidad por cosa suspendida o arrojada, pág. 540
639. Daños causados por la actividad peligrosa de un grupo, pág. 542
a) Planteo y antecedentes de la cuestión, pág. 542
b) La cuestión en el nuevo código civil y comercial, pág. 543
c) Caracterización de esta responsabilidad, pág. 544
d) Casos especiales de responsabilidad por actividades peligrosas de grupos, pág. 546
e) Diferencias con la responsabilidad por daño causado por un miembro no identificado dentro de un grupo determinado (autor anónimo), pág. 546
SECCIÓN SEXTA - ACCIONES DE RESPONSABILIDAD
CAPÍTULO XXXIV - LAS ACCIONES DE RESPONSABILIDAD
A) LA ACCIÓN PREVENTIVA
§ 640. Remisión, pág. 551
B) LA ACCIÓN RESARCITORIA
§ 641. Introducción, pág. 551
§ 642. La acción resarcitoria, pág. 553
§ 643. Legitimación activa y pasiva. Caracterización, pág. 553
§ 644. Legitimación activa, pág. 554
§ 645. Damnificados directos e indirectos, pág. 554
§ 646. Legitimación activa del damnificado directo, pág. 555
a) Daño patrimonial, pág. 555
1) Daños a las personas, pág. 556
2) Daños a las cosas, pág. 556
3) Incumplimiento obligacional y contractual, pág. 557
b) Daño extrapatrimonial o moral, pág. 557
§ 647. Legitimación activa de los damnificados indirectos, pág. 558
a) Daño patrimonial, pág. 558
1) Régimen aplicable, pág. 558
2) Damnificados indirectos por daño patrimonial en caso de homicidio. Remisión, pág. 559
b) Daño extrapatrimonial, pág. 559
1) Régimen legal. Remisión, pág. 559
2) Legitimación activa en el daño extrapatrimonial o moral colectivo, pág. 559
I. Precisiones conceptuales, pág. 559
II. Tutela judicial por daño derivado de lesión a derechos individuales homogéneos. La doctrina de la Corte Suprema de Justicia. El caso "Halabi", pág. 563
III. La cuestión en el Anteproyecto de Reformas de 2012 al Código Civil y Comercial. La inadmisible eliminación por parte del Poder Ejecutivo nacional de los artículos 1745, 1746 y 1747, pág. 567
§ 648. Transmisibilidad de la acción, pág. 568
a) Daño patrimonial, pág. 568
b) Daño extrapatrimonial o moral, pág. 569
§ 649. Ejercicio de la acción resarcitoria por los acreedores del damnificado por vía subrogatoria, pág. 569
§ 650. Legitimación pasiva, pág. 569
a) Autor del hecho, pág. 569
b) Pluralidad de responsables, pág. 570
c) Responsabilidad por hecho ajeno, pág. 571
d) Responsabilidad por el hecho de las cosas, pág. 571
e) Responsabilidad por actividades riesgosas o peligrosas, pág. 571
f) Responsabilidad derivada de productos y de servicios defectuosamente prestados en las relaciones de consumo, pág. 572
g) Responsabilidad colectiva y anónima, pág. 572
h) Legitimación pasiva del responsable directo e indirecto, pág. 572
i) Quid de la acción directa contra el asegurador del civilmente responsable, pág. 573
j) Beneficiario del delito, pág. 576
k) Sucesores universales del responsable, pág. 576
§ 651. La legitimación pasiva en la responsabilidad colectiva, pág. 577
§ 652. Impedimento de reparación del daño, pág. 577
a) La prueba de la verdad en el hecho reputado calumnioso, pág. 577
b) Indignidad del coautor y cómplice de delitos contra la vida y de quien pudiendo impedir el hecho no lo hace, pág. 577
§ 653. Extinción de la acción resarcitoria, pág. 578
CAPÍTULO XXXV - RELACIONES ENTRE LA ACCIÓN CIVIL Y LA ACCIÓN PENAL
§ 654. Acción civil y acción penal, pág. 581
§ 655. Independencia de ambas acciones, pág. 584
§ 656. ¿Por qué el damnificado tiene generalmente interés en ejercitar la acción civil en sede penal?, pág. 586
§ 657. El ejercicio de la acción civil en sede penal en los diferentes códigos de procedimientos penales, pág. 588
§ 658. Ejercicio de la acción resarcitoria en sede penal. Problemas de aplicación, pág. 590
a) Quid de la fijación de oficio de la indemnización por el juez penal. Una controversia superada, pág. 590
b) Cuestiones de legitimación activa y pasiva, pág. 593
1) Legitimación activa, pág. 593
2) Legitimación pasiva, pág. 595
c) Efectos que produce el acogimiento de la pretensión resarcitoria articulada en sede penal, pág. 596
d) Efectos que produce el rechazo de la pretensión resarcitoria en sede penal. Imposibilidad de renovar la cuestión en la jurisdicción civil, pág. 597
e) Efectos que produce la extinción de la acción penal y la absolución del acusado con relación a la pretensión resarcitoria allí deducida. Otros supuestos de extinción de la acción penal, pág. 598
f) La responsabilidad por riesgo creado en el proceso penal, pág. 600
1) Doctrina que propicia el conocimiento y decisión de la responsabilidad por riesgo exclusivamente por los jueces en lo civil, pág. 601
2) Doctrina que admite que el juez penal pueda aplicar la teoría del riesgo creado. Nuestra opinión, pág. 603
§ 659. El ejercicio de la acción resarcitoria en sede civil independiente de la acción penal, pág. 609
a) Planteo de la cuestión, pág. 609
b) Efectos del proceso penal sobre el proceso civil, pág. 610
1) Presencialidad penal. Suspensión del dictado de la sentencia, pág. 610
c) Requisitos, pág. 613
1) Pendencia de la acción penal, pág. 613
I. Acción penal pública, pág. 614
II. Acción penal dependiente de instancia privada, pág. 616
III. Delitos de acción privada, pág. 617
IV. La pendencia de la acción penal supone que la misma no se haya extinguido, pág. 618
2) Identidad de hechos fundantes de ambos procesos, pág. 618
d) Excepciones al principio de suspensión del dictado de la sentencia, pág. 621
1) Extinción de la acción penal, pág. 621
2) Frustración efectiva del derecho a ser indemnizado del damnificado por dilación del procedimiento penal, pág. 621
3) Supuesto en que la acción civil se funda en factores objetivos de atribución, pág. 625
4) Suspensión del proceso penal a prueba (probation), pág. 625
5) Inaplicabilidad en materia de derechos intelectuales, pág. 627
e) Procesos a los que se aplica, pág. 627
f) Cese de la suspensión, pág. 628
g) Carácter de la norma, pág. 629
§ 660. Efectos que produce la sentencia penal sobre la sentencia civil, pág. 630
a) Planteo de la cuestión, pág. 630
b) La normativa del código civil y comercial, pág. 632
c) Influencia de la sentencia penal condenatoria sobre el juicio civil, pág. 633
1) El artículo 1776 del código civil y comercial, pág. 633
2) ¿Qué se entiende por "hecho principal"?, pág. 634
3) ¿Qué alcance tiene la expresión "culpa del condenado"?, pág. 639
4) Alegación de la culpa concurrente en sede civil, pág. 640
5) Extensión de los efectos con relación al tercero civilmente responsable, pág. 643
6) Cuestiones extrañas a la preeminencia del decisorio penal y reservadas al juez civil, pág. 644
d) Efectos que produce la sentencia penal que declara inexistencia de responsabilidad criminal, pág. 645
1) El sistema del código civil y comercial, pág. 645
2) Alcance y contenido de la expresión "inexistencia del hecho" y de "autoría", pág. 646
3) Inexistencia de responsabilidad penal, pág. 648
4) Causas de justificación, pág. 648
5) Absolución o sobreseimiento por no constituir delito el hecho imputado, pág. 649
6) Ausencia de relación de causalidad, pág. 649
7) Excusas absolutorias penales, pág. 651
8) Absolución del imputado fundada en la inexistencia de daño, pág. 652
9) Absolución del imputado por aplicación del principio in dubio pro reo, pág. 653
10) Absolución del imputado y factores objetivos de atribución, pág. 653
11) Efectos de la declaración de inculpabilidad del imputado dictada en la sentencia penal absolutoria, pág. 655
12) Acerca de los elementos a tenor de los cuales se elabora la sentencia civil absolutoria, pág. 658
13) Especies de resoluciones judiciales alcanzadas por la norma, pág. 658
14) Carácter de la norma, pág. 659
§ 661. Sentencia penal posterior a la sentencia civil, pág. 660
a) Revisión de la sentencia penal que hizo cosa juzgada sobre la sentencia civil, pág. 661
b) Supuestos de responsabilidad objetiva, pág. 662
c) Otros supuestos admitidos por el legislador, pág. 662
d) Quid de la aplicación del artículo 1780 al supuesto previsto en el artículo 1775, inciso b, pág. 663
§ 662. ¿Es conveniente mantener la solución normativa que consagran los artículos 1774 a 1780 del código civil y comercial?, pág. 664
§ 663. Efectos del proceso penal sobre el curso de la prescripción de la acción resarcitoria, pág. 672
a) La cuestión en el régimen anterior, pág. 672
b) Desaparición en el nuevo código de la suspensión de la prescripción por deducción de querella criminal, pág. 675
Bibliografía, pág. 677
  ISBN: 9789873008580

  1. 
RESPONSABILIDAD CIVIL
; 2. 
ACCION CIVIL
; 3. 
ACCION PENAL
; 4. 
RESPONSABILIDAD AMBIENTAL
; 5. 
RESPONSABILIDAD DE ENTIDADES DEPORTIVAS
; 6. 
RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES
; 7. 
RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
; 8. 
RESPONSABILIDAD POR PUBLICACIONES EN INTERNET
; 9. 
DAÑO A LA VIDA DE RELACION
; 10. 
DAÑO AMBIENTAL
I.

  (1) Inv.: 01-014917 S.T.: 10/4 PIZt/3 ej.1

Elementos Multimedia

1 Ejemplar
U. Info. Inventario S.T. / Ubicación Estado de Disponibilidad Tipo de Préstamo
01-014917 10/4 PIZt/3 ej.1

Formulario para Solicitud de Material

Pizarro, Ramon Daniel
Tratado de responsabilidad civil : 3 Parte especial y acciones de responsabilidad civil [Libro]. -- Santa Fe : Rubinzal-Culzoni Editores, 2018. -- Tratado de responsabilidad civil: Tomos: 1;2 ;3

Contiene: Tomo 3: Parte especial y acciones de responsabilidad civil--responsabilidad en el transporte terrestre de personas y cosas --responsabilidad de organizador de espectaculos públicos -- responsabilidad del titular de establecimientos educativos -- responsabilidad de las empresas concesionarias de peaje por daños sufridos por usuarios-- responsabilidad por daños derivados de la lesión a derechos personalisimos --responsabilidad de los medios de comunicación-- responsabilidad civil de los proveedoresde servicios de internet --responsabilidad por daño ambiental -- respopnsabilidad por daños en las relaciones de familiares-- responsabilidad colectiva, anonima, y por la actividad riegosa de un grupo -- acciones de responsabilidad -- relaciones entre la acción civil y la acción penal

Ver INDICE en archivo adjunto PDF

SECCIÓN QUINTA - SUPUESTOS ESPECIALES DE RESPONSABILIDAD CIVIL (CONTINUACIÓN)
CAPÍTULO XXIV - RESPONSABILIDAD EN EL TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS Y COSAS
470. Importancia del tema, pág. 3
471. Modalidades del transporte y del contrato de transporte, pág. 6
472. El contrato de transporte en el código civil y comercial. Nociones básicas, pág. 9
a) Método seguido, pág. 9
b) Disposiciones generales del código en materia de transporte, pág. 9
1) Caracterización del contrato de transporte, pág. 9
2) Responsabilidad del transportista, pág. 12
I. Responsabilidad por retraso, pág. 12
II. Daños causados a las personas y carga transportadas, pág. 12
c) Naturaleza de esta responsabilidad, pág. 15
d) Legitimación activa, pág. 17
e) Legitimación pasiva, pág. 17
473. Legitimación pasiva. La responsabilidad del conductor o chofer, pág. 18
474. Responsabilidad del transportista por daños a las personas transportadas, pág. 20
a) El daño resarcible, pág. 20
b) Los daños deben ocurrir durante el transporte, pág. 21
c) Los daños deben provenir del riesgo o vicio de la actividad desplegada por el transportista o de la cosa por él utilizada, pág. 24
475. Responsabilidad del transportista en el transporte de cosas, pág. 24
a) Daños a la carga transportada, pág. 24
b) Daños derivados de otros incumplimientos, pág. 25
476. Eximentes, pág. 26
a) Eximentes propias de un sistema de responsabilidad objetiva. Aplicación de los principios generales. Remisión, pág. 26
b) Prohibición de eximentes convencionales, pág. 27
477. La responsabilidad objetiva y el transporte benévolo, pág. 28
a) El transporte benévolo. Nociones básicas, pág. 28
b) Naturaleza jurídica. Eclipse de su importancia en materia de responsabilidad por daños, pág. 30
c) El fundamento de la responsabilidad del transportista benévolo, pág. 32
478. La responsabilidad objetiva y el transporte clandestino de personas, pág. 33
479. Prescripción de la acción resarcitoria, pág. 36
a) Régimen aplicable, pág. 36
CAPÍTULO XXV RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
480. Introducción, pág. 39
A) RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS (EN GENERAL)
481. El contrato de espectáculo público. Nociones generales, pág. 40
a) Caracterización, pág. 40
b) Obligaciones del organizador, pág. 42
c) Derechos del organizador, pág. 43
d) Derechos del espectador, pág. 44
e) Obligaciones del espectador, pág. 44
B) LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS
482. El contrato de espectáculo público deportivo, pág. 44
a) Caracterización. Aplicación de los principios generales, pág. 44
b) El marco normativo, pág. 45
1) El período anterior a la sanción de la ley 23.184, pág. 45
2) La etapa posterior a la sanción de la ley 23.184. Las reformas introducidas a esta última por la ley 24.192, pág. 46
483. La obligación de seguridad en el contrato de espectáculo deportivo, pág. 49
a) En qué consiste, pág. 49
b) Extensión y límites de la obligación de seguridad. Ámbito temporal y espacial, pág. 50
c) La prueba del incumplimiento de la obligación de seguridad. La prueba fílmica (art. 44, ley 24.192), pág. 53
d) El factor de atribución. La obligación de seguridad como obligación de resultado, pág. 54
484. La acción resarcitoria, pág. 54
a) Legitimación activa, pág. 54
b) Legitimación pasiva, pág. 56
1) Las entidades o asociaciones participantes. Alcance de esta expresión, pág. 56
2) La necesaria elongación del aparato organizador del espectáculo deportivo. La responsabilidad de la AFA, pág. 58
I. La posición negativa, pág. 58
II. La posición positiva, pág. 59
3) Responsabilidad del Estado, pág. 62
4) La responsabilidad de los autores materiales del daño, pág. 63
5) Responsabilidad por el hecho de las cosas y de terceros, pág. 64
6) Responsabilidad colectiva, pág. 64
7) Supuestos controvertidos, pág. 64
485. Eximentes, pág. 66
a) Aplicación de los principios generales, pág. 66
b) Hecho o culpa de la víctima, pág. 67
c) Hecho o culpa de un tercero extraño, pág. 67
d) Caso fortuito o fuerza mayor, pág. 69
CAPÍTULO XXVI RESPONSABILIDAD DEL TITULAR DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
486. El sistema del código de Vélez Sársfield, pág. 71
487. La reforma introducida al artículo 1117 (t. o. ley 24.830) del código civil anterior, pág. 74
488. La cuestión en el código civil y comercial, pág. 74
489. Establecimientos comprendidos, pág. 77
490. Establecimientos excluidos, pág. 79
a) Establecimientos de educación superior y universitaria, pág. 79
b) Quid de la pretendida exclusión de los establecimientos públicos educativos, pág. 80
491. Legitimación pasiva, pág. 83
492. El factor de atribución, pág. 84
493. Requisitos, pág. 86
a) Daño causado o sufrido por un alumno, pág. 86
1) Daños causados por los alumnos, pág. 86
2) Daños sufridos por alumnos, pág. 87
b) Minoridad del alumno dañador o dañado, pág. 88
c) El daño debe producirse durante una actividad realizada bajo situación de control de la autoridad educativa, pág. 90
1) Importancia de este requisito. Críticas a la terminología legal, pág. 90
2) ¿Quiénes revisten calidad de "autoridad escolar" a los fines del artículo 1767 del código civil y comercial?, pág. 92
3) ¿Cuándo comienza y cuándo concluye el control de la autoridad educativa?, pág. 92
4) Ámbito espacial de la responsabilidad del propietario del establecimiento educativo, pág. 94
494. Eximentes, pág. 98
a) La responsabilidad objetiva agravada. El caso fortuito como eximente, pág. 98
b) La culpa o el hecho del damnificado, pág. 101
c) El hecho del tercero extraño, pág. 103
d) Cláusulas de eximición de responsabilidad, pág. 104
495. El seguro obligatorio contra responsabilidad civil, pág. 104
496. Responsabilidades concurrentes, pág. 106
497. Acción de recursoria, pág. 107
CAPÍTULO XXVII - RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS DE PEAJE POR DAÑOS SUFRIDOS POR USUARIOS
498. Introducción, pág. 109
499. Algunas nociones básicas en torno a la concesión de peaje, pág. 110
a) Aspectos generales, pág. 110
b) Marco normativo. Constitucionalidad del sistema, pág. 111
500. Naturaleza de la relación entre el concesionario de la obra pública y el Estado, pág. 112
501. Naturaleza de la relación entre el concesionario de obras y servicios públicos y el usuario. Su importancia en el plano de la responsabilidad por daños, pág. 112
a) Doctrina de la delegación administrativa o de relación transestructural. La tesis extracontractualista, pág. 112
b) Doctrina de la relación contractual de derecho privado entre el concesionario y el usuario, pág. 116
c) Doctrina de la relación de consumo, pág. 120
d) Doctrina de la situación obligacional, pág. 123
502. Nuestra opinión, pág. 124
503. Responsabilidad de la empresa concesionaria de peaje por daños sufridos por usuarios que colisionan con animales sueltos en la ruta. La evolución de la jurisprudencia de la Corte Suprema, pág. 129
a) Planteo de la cuestión. Las distintas posiciones, pág. 129
b) La evolución de la jurisprudencia de la Corte Suprema sobre el tema, pág. 134
CAPÍTULO XXVIII - RESPONSABILIDAD POR DAÑOS DERIVADOS DE LA LESIÓN A DERECHOS PERSONALÍSIMOS
A) ASPECTOS GENERALES
504. Introducción, pág. 145
505. Implicancias constitucionales, pág. 146
506. La dignidad de la persona en los pactos internacionales sobre derechos humanos y en las nuevas constituciones provinciales, pág. 148
507. La inviolabilidad de la persona humana en el código civil y comercial, pág. 149
B) DAÑOS DERIVADOS DE LA LESIÓN A LA INTIMIDAD
508. El derecho a la intimidad. Caracterización, pág. 151
509. Tutela supranacional, constitucional y legal de la intimidad, pág. 154
510. Titulares del derecho a la intimidad, pág. 155
a) Personas humanas. Quid de las personas o figuras públicas, pág. 155
b) Los muertos, pág. 158
c) Las personas jurídicas, pág. 158
511. Distintas maneras de atentar contra la intimidad, pág. 159
a) Publicación de retratos, pág. 160
b) Difusión de correspondencia, pág. 160
c) Mortificación en las costumbres o los sentimientos. Otros posibles modos de perturbar la intimidad, pág. 161
512. Las modernas formas de agresión al derecho a la intimidad, pág. 162
513. Los límites del derecho a la intimidad, pág. 163
a) Aspectos preliminares, pág. 163
b) El consentimiento del propio interesado, pág. 164
c) El ejercicio regular del derecho de informar y el interés público prevaleciente, pág. 165
514. Daños a la intimidad por la prensa. Intimidad y libertad de expresión. Remisión, pág. 167
515. La publicación de la sentencia como modo de reparación del daño. Remisión, pág. 167
C) DAÑOS DERIVADOS DE LA LESIÓN AL HONOR
516. El honor. Concepto subjetivo y objetivo, pág. 167
517. Titulares del derecho al honor, pág. 168
a) Personas humanas, pág. 168
b) Los muertos, pág. 169
c) Las personas jurídicas, pág. 169
518. Tutela supranacional del derecho al honor, pág. 170
519. La tutela jurídica del honor en el derecho argentino, pág. 171
520. La calumnia, pág. 172
521. La injuria, pág., pág. 173
522. La acusación calumniosa, pág. 174
a) Concepto, pág., pág. 174
b) Requisitos, pág. 175
c) La sola absolución del imputado no compromete la responsabilidad del denunciante, pág. 176
d) Cómputo del plazo de prescripción, pág. 176
523. Los límites del derecho al honor, pág. 176
a) La exceptio veritatis, pág. 176
b) Otros límites al derecho al honor, pág. 179
524. Daños al honor causados por la actividad de los medios de comunicación social. Remisión, pág. 179
525. El daño resarcible, pág. 179
526. Forma y modo de efectuarse la reparación, pág. 180
527. La retractación del ofensor. Sus implicancias jurídicas, pág. 180
D) DAÑOS QUE DERIVAN DE LA LESIÓN AL DERECHO A LA IMAGEN
528. El derecho a la imagen, pág. 182
529. El derecho a la imagen en la legislación argentina, pág. 182
530. Supuestos en los cuales la ley permite captar o reproducir la imagen ajena, pág. 184
a) Cuando medie consentimiento del titular, pág. 184
b) Participación en actos públicos, pág. 184
c) Interés científico, cultural o educacional prevaleciente, pág. 185
d) Ejercicio regular del derecho de informar, pág. 185
531. Prevención y reparación del daño derivado de la lesión al derecho a la imagen, pág. 185
532. Daños derivados de la lesión al derecho a la imagen como resultado de la actividad de los medios de prensa. Remisión, pág. 186
E) DAÑOS DERIVADOS DE LA LESIÓN AL DERECHO A LA VOZ
533. El derecho a la voz como derecho personalísimo autónomo, pág. 186
534. La cuestión en el código civil y comercial, pág. 187
F) DAÑOS DERIVADOS DE MINORACIÓN DEL DERECHO A LA IDENTIDAD PERSONAL (O A LA FIEL REPRESENTACIÓN DE LA PERSONALIDAD)
535. El derecho a la identidad personal como bien jurídicamente protegido, pág. 188
536. Caracteres especiales, pág. 190
a) Totalidad, pág. 190
b) Exterioridad, pág. 191
c) Dinamismo, pág. 191
d) Comprende las facetas sustanciales de la personalidad que hacen a su esencia, pág. 191
537. La cuestión en el derecho argentino, pág. 192
538. Los límites del derecho a la identidad personal, pág. 194
539. Resarcimiento de daños, pág. 195
G) DAÑOS QUE DERIVAN DE LA LESIÓN DEL DERECHO A LA IGUALDAD
540. El derecho a la igualdad, pág. 195
541. La Ley 23.592 de Discriminación y Persecución Racial y Religiosa, pág. 196
542. Daños y perjuicios que derivan de la lesión al derecho a la igualdad, pág. 197
CAPÍTULO XXIX - RESPONSABILIDAD DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN
A) INTRODUCCIÓN
543. El sistema de la prensa liberal, pág. 199
544. El advenimiento de la prensa comercial. Los medios de comunicación social, pág. 202
a) La crisis del sistema de la prensa liberal, pág. 202
b) Factores determinantes del advenimiento de la prensa comercial y de los modernos medios de comunicación social, pág. 203
1) El advenimiento de la sociedad de masas, pág. 203
I. La información en una sociedad de masas, pág. 204
II. Los institutos jurídicos masificados, pág. 204
2) Incremento en el número de consumidores de información, pág. 205
3) La publicidad, pág. 206
4) La industrialización de la prensa, pág. 207
5) El impacto tecnológico y la comunicación social, pág. 208
6) La concentración de empresas, pág. 209
c) Ante una realidad preocupante, pág. 209
B) IMPLICANCIAS CONSTITUCIONALES
545. Los modernos medios masivos de comunicación frente al derecho, pág. 210
a) La libertad de expresión, pág. 211
1) De la libertad de expresión al derecho a la información, pág. 212
2) Libertad de prensa en la Constitución Nacional, pág. 214
3) La prohibición de censura previa, pág. 215
b) ¿Tiene carácter absoluto el derecho de publicar ideas por la prensa sin censura previa?, pág. 217
c) Prohibición de censura previa y responsabilidad civil ulterior, pág. 219
d) La dignidad de la persona en la Constitución Nacional y en los pactos internacionales sobre derechos humanos, pág. 219
1) Aspectos constitucionales, pág. 220
2) La dignidad de la persona en los pactos internacionales sobre derechos humanos y en las nuevas constituciones provinciales, pág. 222
e) El conflicto entre derechos constitucionales, pág. 222
1) La relatividad de los derechos constitucionales. Limitaciones intrínsecas y extrínsecas, pág. 223
2) La armonización de derechos constitucionales en caso de conflicto, pág. 224
3) El conflicto entre la libertad de expresión y los derechos personalísimos (honor, intimidad, imagen), pág. 228
C) LA RESPONSABILIDAD CIVIL RESARCITORIA DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN. LA ANTIJURIDICIDAD
546. Planteo de la cuestión, pág. 229
547. El objeto del derecho a informar. Los denominados "límites internos de la libertad de expresión", pág. 231
a) Objeto y contenido del derecho a informar, pág. 231
b) La información. La noticia. Hechos, ideas y opiniones, pág. 232
c) La información de hechos, pág. 233
1) La exactitud y la verdad, pág. 234
2) Quid del requisito de objetividad, pág. 236
3) Actualidad de la noticia, pág. 237
4) Interés general, pág. 238
5) Comunicabilidad, pág. 238
6) Forma de expresión, pág. 239
d) Las ideas, pág. 240
e) Las opiniones y los juicios, pág. 241
548. Transgresión lato sensu y ejercicio abusivo del derecho a informar, pág. 242
a) Doctrina que niega la aplicación de la teoría del abuso del derecho en materia de derecho (libertad) de informar, pág. 242
b) El derecho a informar puede ser ejercido abusivamente, pág. 243
549. El derecho a informar y el derecho a la intimidad, pág. 246
a) Los hechos, pág. 246
b) La doctrina de la Corte Suprema, pág. 247
550. Las figuras públicas y el derecho a la intimidad, pág. 249
551. El derecho al honor. Calumnias e injurias cometidas a través de los medios masivos de comunicación, pág. 249
552. El caso "Campillay, Julio C. c/La Razón, Crónica y Diario Popular", pág. 251
a) Los hechos, pág. 251
b) La doctrina de la Corte Suprema, pág. 252
c) Los antecedentes de la doctrina "Campillay" en el derecho estadounidense. El fair report privilege, pág. 253
553. La cuestión en el derecho argentino. Requisitos para que se configure la doctrina "Campillay", pág. 255
a) Una fuente individualizada que emita la información. Quid del carácter público o confiable de la fuente, pág. 256
b) Un medio informador que reproduce la información emitida por la fuente, pág. 259
c) Adecuación objetiva, exacta y completa entre lo expresado por la fuente y lo informado, pág. 260
d) Interés público relevante de la información, pág. 262
e) Ausencia de dolo por parte del informador, pág. 263
f) La reserva de la identidad del sindicado como responsable, pág. 264
g) Utilización del modo verbal potencial, pág. 264
h) El afectado por la información, pág. 266
i) La recepción normativa de la doctrina "Campillay" en materia criminal. La ley 26.551, pág. 267
j) Carga de la prueba, pág. 268
k) Los efectos del test "Campillay", pág. 268
554. El caso "Costa, Héctor R. c/Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y otros", pág. 269
a) Los hechos, pág. 269
b) El caso "Costa" y la doctrina estadounidense "New York Times vs. Sullivan" y "Gertz vs. Robert Welch", pág. 270
1) Ratificación de la doctrina "Campillay", pág. 270
2) La distinción entre "funcionarios públicos" y "ciudadanos particulares". Insinuación de un criterio jurisprudencial estadounidense. Remisión, pág. 270
555. La información acerca de procesos judiciales penales pendientes de resolución y la tutela del honor del imputado, pág. 271
a) La cuestión en el derecho comparado. La evolución de la jurisprudencia de la Suprema Corte de los Estados Unidos de América, pág. 271
b) La cuestión en el derecho argentino, pág. 275
556. La difusión de hechos referidos a menores de dieciocho años. La protección de la infancia y de la adolescencia como límite del derecho a la información, pág. 277
a) Derecho comparado, pág. 277
b) La cuestión en el derecho argentino, pág. 279
D) LA RESPONSABILIDAD CIVIL RESARCITORIA DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN. EL FACTOR DE ATRIBUCIÓN
557. Daños por informaciones inexactas o agraviantes, pág. 281
a) Doctrina de la responsabilidad subjetiva, pág. 282
b) Doctrina que funda la responsabilidad de los medios en la culpa, pero que admite hipótesis residuales de responsabilidad objetiva, por aplicación de la teoría del ejercicio abusivo de los derechos, pág. 285
c) Doctrina de la responsabilidad objetiva fundada en el deber legal de garantía del principal por el hecho de sus dependientes, pág. 286
d) Doctrina que consagra como principio la culpa, pero que admite con mayor amplitud otros supuestos de responsabilidad objetiva, pág. 287
e) Doctrina de la responsabilidad objetiva fundada en el riesgo creado (arts. 1757 y 1758, Cód.Civ. Com.). El riesgo de la actividad. Nuestra opinión, pág. 288
1) El factor objetivo de atribución no puede ser inferido de la índole del derecho lesionado, pág. 291
2) La responsabilidad por riesgo no es incompatible con la posible existencia de culpa o dolo, pág. 292
3) Críticas a la doctrina que defendemos. Réplica, pág. 293
558. La doctrina de la real malicia -actual malice-, pág. 294
559. La doctrina de la real malicia y los precedentes de la Corte en materia de responsabilidad civil, pág. 296
560. Extensión y límites de la doctrina de la real malicia en la jurisprudencia de la Corte Suprema, pág. 299
a) El "test" de la real malicia versus el "test" de la veracidad, pág. 299
b) La doctrina de la real malicia sólo se aplica a información sobre hechos y no a opiniones, pág. 300
c) ¿Quiénes están alcanzados por la doctrina de la real malicia?, pág. 301
1) Los funcionarios públicos, pág. 301
2) Las figuras públicas, pág. 302
3) Sujetos excluidos, pág. 303
d) Elemento subjetivo de la responsabilidad, pág. 304
e) Prueba de la falsedad, pág. 304
f) La doctrina de la real malicia y el derecho a la intimidad, pág. 304
561. La doctrina de la real malicia y la responsabilidad penal del editor y del periodista, pág. 307
562. Nuestra opinión. La doctrina de la real malicia es ajena a nuestro sistema jurídico. Ausencia de bases normativas, pág. 307
563. La doctrina de la real malicia y la libertad de prensa, pág. 311
564. El derecho de daños y los valores constitucionales en juego, pág. 312
565. La doctrina de la real malicia es mucho más que una simple técnica procesal. El problema de la carga de la prueba, pág. 314
566. La autodefensa del agraviado y la doctrina de la real malicia, pág. 316
567. Riesgos de importar fraccionadamente una doctrina extranjera, pág. 318
568. La grave inseguridad jurídica que genera la actual jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pág. 320
569. Daños provenientes de la expresión de ideas y opiniones agraviantes, pág. 323
a) Los límites internos de la libertad de expresión de ideas y opiniones, pág. 324
b) ¿Cuál es el factor de atribución en materia de daños causados por la expresión de ideas y opiniones agraviantes?, pág. 326
c) Daño y relación causal, pág. 331
E) LA REPARACIÓN DEL DAÑO DERIVADO DE NOTICIAS E INFORMACIONES INEXACTAS O AGRAVIANTES. ASPECTOS PARTICULARES
570. Aplicación de los principios generales, pág. 331
571. La publicación de la sentencia como modo de reparación, pág. 331
572. Casos en que procede, pág. 333
a) Atentados contra el honor, la imagen y la identidad personal, pág. 333
b) Atentados contra la intimidad, pág. 334
573. Modo de efectuarse la publicación, pág. 335
574. La publicación de la retractación del ofensor como modo de reparación, pág. 337
F) LA PREVENCIÓN DEL DAÑO DERIVADO DE LA ACTIVIDAD DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN
575. Plan a seguir, pág. 339
576. La prevención del daño y la actividad de los medios, pág. 339
577. Actividad judicial y censura previa, pág. 340
a) Doctrina que en forma absoluta rechaza todo tipo de medidas de prevención, pág. 341
b) Doctrina que como regla general rechaza todo tipo de medida preventiva, salvo las contempladas expresamente en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, pág. 342
c) Doctrina que admite de manera excepcional, con criterio más flexible, otras posibles medidas preventivas de carácter judicial, pág. 342
d) Cuándo proceden las medidas judiciales preventivas, pág. 347
578. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la prevención del daño derivado de la actividad de los medios, pág. 351
a) El caso "Verbitsky", pág. 351
b) El caso "Servini de Cubría", pág. 353
579. El criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pág. 359
G) EL DERECHO DE RÉPLICA, RECTIFICACIÓN O RESPUESTA
580. Introducción, pág. 361
581. Caracterización, pág. 361
a) Medio instrumental idóneo para tutelar preventivamente los derechos de la personalidad, pág. 362
b) Compulsivo, pág. 362
c) Gratuito, pág. 363
d) Compatible con acciones civiles y penales, pág. 363
582. Legitimación activa, pág. 364
583. Legitimación pasiva, pág. 364
584. Publicaciones que dan lugar a réplica, rectificación o respuesta, pág. 365
a) Publicación de noticias e informaciones. Quid de la réplica ideológica, pág. 365
b) Acerca del carácter inexacto o agraviante de la información, pág. 366
c) La publicación debe provenir de un medio de comunicación social, pág. 369
d) Lesión a un interés de carácter personalísimo, pág. 369
585. Tiempo, forma y modo en que debe efectuarse la rectificación, pág. 370
586. Negativa del medio a publicar la respuesta, pág. 371
587. Naturaleza jurídica, pág. 371
588. Las objeciones al derecho de réplica, pág. 372
a) El derecho de réplica atenta contra la libertad de expresión y, en particular, contra la libertad de prensa, pág. 373
b) Legislar sobre derecho de réplica es restringir arbitrariamente la libertad de prensa, pág. 374
c) El derecho de réplica atenta contra el derecho de propiedad de los medios, pág. 375
d) Importa una sanción encubierta a los medios, pág. 376
e) Los procesos judiciales resultan excesivamente prolongados y conspiran contra la finalidad práctica de la institución, pág. 376
589. Bases normativas, pág. 377
a) Las constituciones provinciales, pág. 377
b) El derecho de réplica en el Pacto de San José de Costa Rica, pág. 377
c) El derecho de réplica como derecho implícito en el artículo 33 de la Constitución Nacional, pág. 382
d) Jornadas y Congresos, pág. 384
590. La jurisprudencia de la Corte Suprema sobre derecho de réplica. Evolución, pág. 385
a) Primera etapa. El caso "Sánchez Abelenda". Carácter programático del derecho de réplica, pág. 385
b) Segunda etapa. El caso "Ekmekdjian c/Sofovich". La réplica ideológica. El derecho de réplica fuera de cauce, pág. 388
c) Tercera etapa. El caso "Petric". La Corte corrige el rumbo. El derecho de réplica por buen camino, pág. 392
H) LA ACCIÓN DECLARATIVA DE FALSEDAD (INEXACTITUD) DE LA INFORMACIÓN PUBLICADA
591. Caracterización. Importancia, pág. 394
592. Naturaleza jurídica, pág. 397
593. Bases normativas, pág. 398
594. Ámbito de aplicación, pág. 399
595. Diferencias con otras figuras, pág. 400
596. Efectos, pág. 401
597. Vías procesales, pág. 401
CAPÍTULO XXX - RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS EN INTERNET
598. Los proveedores de servicios de Internet, pág. 403
599. Los intereses comprometidos, pág. 405
600. Régimen aplicable en el derecho argentino, pág. 406
601. Responsabilidad de los buscadores por contenidos publicados en Internet, pág. 407
a) Qué son los buscadores, pág. 407
b) Los buscadores de imágenes, pág. 410
602. La responsabilidad personal de quien emite información por Internet, pág. 410
603. La responsabilidad del titular del buscador por los contenidos indebidos publicados en Internet por terceros, pág. 411
a) Planteo de la cuestión, pág. 411
b) Responsabilidad de los buscadores. Distintas tendencias. El factor de atribución, pág. 412
1) El buscador nunca responde, pág. 412
2) Responsabilidad objetiva, pág. 412
3) Responsabilidad subjetiva, pág. 413
I. El factor de atribución es la culpa, pág. 413
II. Una cuestión controvertida: cómo debe realizarse la notificación, pág. 414
604. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia sobre el tema, pág. 416
a) Buscadores de textos, pág. 416
b) Buscadores de imágenes, pág. 417
605. Nuestra opinión, pág. 418
606. El derecho al olvido digital, pág. 422
607. Responsabilidad de las redes sociales, pág. 424
a) Caracterización, pág. 424
b) Derecho comparado, pág. 426
c) Régimen de responsabilidad en el derecho argentino, pág. 427
608. El Proyecto de ley de responsabilidad de los operadores informáticos de los senadores Fellner y Pinedo, pág. 428
CAPÍTULO XXXI - RESPONSABILIDAD POR DAÑO AMBIENTAL. ASPECTOS GENERALES
609. Introducción, pág. 433
610. Consignas irrenunciables, pág. 434
611. El derecho frente al daño ambiental, pág. 437
612. El marco normativo, pág. 439
613. El concepto de daño ambiental, pág. 441
a) Caracterización, pág. 441
b) Importancia de la distinción, pág. 443
614. El daño ambiental de incidencia colectiva o puro, pág. 444
615. El daño ambiental individual, pág. 450
616. El factor de atribución en el daño ambiental, pág. 451
617. La responsabilidad en la ley 25.675 (LGA), pág. 452
618. La responsabilidad por daño ambiental en la ley 25.675 (LGA). Nociones básicas, pág. 457
a) Objetivos de la ley, pág. 457
b) Principios que consagra la LGA relacionados con la reparación del daño ambiental, pág. 458
1) Principio de prevención, pág. 458
2) El principio precautorio, pág. 461
3) Principio de responsabilidad, pág. 463
619. Reparación del daño ambiental de incidencia colectiva, pág. 464
a) Aplicación de los principios generales, pág. 464
b) Reparación en especie, pág. 465
c) Indemnización pecuniaria, pág. 466
620. Legitimación activa. La cuestión en materia de prevención y de reparación del daño ambiental colectivo, pág. 467
a) La normativa vigente y las acciones que emergen de ella, pág. 467
621. Legitimación activa en la acción de cesación del daño ambiental. El amparo ambiental, pág. 469
622. Legitimación activa en la acción de reparación del ambiente dañado, pág. 471
623. Los graves inconvenientes que presenta el sistema de reparación del daño ambiental de incidencia colectiva, pág. 472
624. Legitimación pasiva en materia resarcitoria, pág. 473
a) El marco normativo, pág. 473
b) Legitimación pasiva en los casos de daños causados por un agente individualizado y cuando hay pluralidad de responsables, pág. 474
c) Responsabilidad de las autoridades y de los profesionales de las personas jurídicas que causan daño ambiental colectivo. La responsabilidad de los socios, pág. 475
1) Autoridades de la persona jurídica. Quid de la responsabilidad de quienes integran el órgano de vigilancia, pág. 476
2) Responsabilidad de los socios, pág. 477
3) Responsabilidad de los profesionales, pág. 477
4) Quid de la responsabilidad del que financia un proyecto contaminante, pág. 478
625. Eximentes, pág. 479
a) Rigen eximentes propias de un sistema de responsabilidad objetiva, pág. 479
b) ¿Culpa del damnificado en el daño ambiental colectivo?, pág. 479
c) Hecho de un tercero extraño, pág. 479
d) El caso fortuito, pág. 480
e) La falta de culpabilidad carece de virtualidad eximitoria, pág. 480
626. Prescripción, pág. 480
627. La responsabilidad en la ley 25.612 de gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicios. Nociones generales, pág. 481
a) Objetivos de la ley. Su correlación con la ley 24.051 de residuos peligrosos, pág. 481
b) Residuos incluidos y excluidos de la normativa. Carácter objetivo de esta responsabilidad, pág. 482
c) Legitimación pasiva, pág. 483
d) Eximentes, pág. 485
628. Seguro obligatorio, pág. 486
CAPÍTULO XXXII - RESPONSABILIDAD POR DAÑOS EN LAS RELACIONES FAMILIARES
629. Introducción, pág. 489
630. El vínculo de familia no justifica un acto lesivo, pág. 490
631. Matrimonio y daños, pág. 492
a) Principios generales, pág. 492
b) Daños derivados de la declaración de nulidad del matrimonio, pág. 493
1) La cuestión en el régimen anterior, pág. 493
2) La cuestión en el código civil y comercial, pág. 493
c) Daños derivados del divorcio, pág. 495
1) Planteo de la cuestión. Supuestos que pueden presentarse, pág. 495
2) Daños sufridos a consecuencia del divorcio, pág. 497
3) Daños derivados de la violación al deber moral de fidelidad, pág. 497
I. Doctrina favorable a la reparación, pág. 499
II. Doctrina que sostiene que la violación del deber moral de fidelidad no genera de por sí daño resarcible, pág. 501
4) El daño moral causado a los hijos, proveniente del divorcio de sus padres, pág. 504
632. Uniones convivenciales, pág. 504
633. Compensaciones económicas y responsabilidad civil, pág. 505
634. Responsabilidad de los padres por daños causados a los hijos, pág. 507
a) Falta de reconocimiento voluntario de los hijos, pág. 507
b) Daños causados por la obstaculización de la comunicación entre parientes, respecto a los niños y adolescentes, pág. 511
c) Transmisión de enfermedades, pág. 511
CAPÍTULO XXXIII - RESPONSABILIDAD COLECTIVA, ANÓNIMA Y POR LA ACTIVIDAD RIESGOSA DE UN GRUPO
635. Introducción, pág. 515
636. Las distintas formas que puede adoptar la intervención plural en la causación del resultado dañoso, pág. 516
637. Daño de autoría anónima (o causado por un miembro no individualizado dentro de un grupo determinado de personas), pág. 520
a) Caracterización, pág. 520
b) Su emplazamiento en nuestro sistema de derecho de daños, pág. 521
c) Evolución histórica de la figura. Su tratamiento en el derecho comparado, pág. 522
d) La cuestión en el código de Vélez Sársfield, pág. 524
e) La cuestión en los más recientes proyectos de reforma al derecho privado argentino, pág. 526
f) La cuestión en el nuevo código civil y comercial, pág. 527
1) Requisitos para que se configure la responsabilidad por autoría anónima, pág. 528
I. Existencia de un grupo de personas como autores posibles del daño, pág. 528
II. La relación causal adecuada entre la acción grupal y el daño, pág. 531
III. Quid de la falta de individualización del autor del daño, pág. 532
2) Factor de atribución, pág. 534
3) Eximentes, pág. 538
4) Forma de responder, pág. 538
g) Principales aplicaciones, pág. 539
638. Responsabilidad por cosa suspendida o arrojada, pág. 540
639. Daños causados por la actividad peligrosa de un grupo, pág. 542
a) Planteo y antecedentes de la cuestión, pág. 542
b) La cuestión en el nuevo código civil y comercial, pág. 543
c) Caracterización de esta responsabilidad, pág. 544
d) Casos especiales de responsabilidad por actividades peligrosas de grupos, pág. 546
e) Diferencias con la responsabilidad por daño causado por un miembro no identificado dentro de un grupo determinado (autor anónimo), pág. 546
SECCIÓN SEXTA - ACCIONES DE RESPONSABILIDAD
CAPÍTULO XXXIV - LAS ACCIONES DE RESPONSABILIDAD
A) LA ACCIÓN PREVENTIVA
§ 640. Remisión, pág. 551
B) LA ACCIÓN RESARCITORIA
§ 641. Introducción, pág. 551
§ 642. La acción resarcitoria, pág. 553
§ 643. Legitimación activa y pasiva. Caracterización, pág. 553
§ 644. Legitimación activa, pág. 554
§ 645. Damnificados directos e indirectos, pág. 554
§ 646. Legitimación activa del damnificado directo, pág. 555
a) Daño patrimonial, pág. 555
1) Daños a las personas, pág. 556
2) Daños a las cosas, pág. 556
3) Incumplimiento obligacional y contractual, pág. 557
b) Daño extrapatrimonial o moral, pág. 557
§ 647. Legitimación activa de los damnificados indirectos, pág. 558
a) Daño patrimonial, pág. 558
1) Régimen aplicable, pág. 558
2) Damnificados indirectos por daño patrimonial en caso de homicidio. Remisión, pág. 559
b) Daño extrapatrimonial, pág. 559
1) Régimen legal. Remisión, pág. 559
2) Legitimación activa en el daño extrapatrimonial o moral colectivo, pág. 559
I. Precisiones conceptuales, pág. 559
II. Tutela judicial por daño derivado de lesión a derechos individuales homogéneos. La doctrina de la Corte Suprema de Justicia. El caso "Halabi", pág. 563
III. La cuestión en el Anteproyecto de Reformas de 2012 al Código Civil y Comercial. La inadmisible eliminación por parte del Poder Ejecutivo nacional de los artículos 1745, 1746 y 1747, pág. 567
§ 648. Transmisibilidad de la acción, pág. 568
a) Daño patrimonial, pág. 568
b) Daño extrapatrimonial o moral, pág. 569
§ 649. Ejercicio de la acción resarcitoria por los acreedores del damnificado por vía subrogatoria, pág. 569
§ 650. Legitimación pasiva, pág. 569
a) Autor del hecho, pág. 569
b) Pluralidad de responsables, pág. 570
c) Responsabilidad por hecho ajeno, pág. 571
d) Responsabilidad por el hecho de las cosas, pág. 571
e) Responsabilidad por actividades riesgosas o peligrosas, pág. 571
f) Responsabilidad derivada de productos y de servicios defectuosamente prestados en las relaciones de consumo, pág. 572
g) Responsabilidad colectiva y anónima, pág. 572
h) Legitimación pasiva del responsable directo e indirecto, pág. 572
i) Quid de la acción directa contra el asegurador del civilmente responsable, pág. 573
j) Beneficiario del delito, pág. 576
k) Sucesores universales del responsable, pág. 576
§ 651. La legitimación pasiva en la responsabilidad colectiva, pág. 577
§ 652. Impedimento de reparación del daño, pág. 577
a) La prueba de la verdad en el hecho reputado calumnioso, pág. 577
b) Indignidad del coautor y cómplice de delitos contra la vida y de quien pudiendo impedir el hecho no lo hace, pág. 577
§ 653. Extinción de la acción resarcitoria, pág. 578
CAPÍTULO XXXV - RELACIONES ENTRE LA ACCIÓN CIVIL Y LA ACCIÓN PENAL
§ 654. Acción civil y acción penal, pág. 581
§ 655. Independencia de ambas acciones, pág. 584
§ 656. ¿Por qué el damnificado tiene generalmente interés en ejercitar la acción civil en sede penal?, pág. 586
§ 657. El ejercicio de la acción civil en sede penal en los diferentes códigos de procedimientos penales, pág. 588
§ 658. Ejercicio de la acción resarcitoria en sede penal. Problemas de aplicación, pág. 590
a) Quid de la fijación de oficio de la indemnización por el juez penal. Una controversia superada, pág. 590
b) Cuestiones de legitimación activa y pasiva, pág. 593
1) Legitimación activa, pág. 593
2) Legitimación pasiva, pág. 595
c) Efectos que produce el acogimiento de la pretensión resarcitoria articulada en sede penal, pág. 596
d) Efectos que produce el rechazo de la pretensión resarcitoria en sede penal. Imposibilidad de renovar la cuestión en la jurisdicción civil, pág. 597
e) Efectos que produce la extinción de la acción penal y la absolución del acusado con relación a la pretensión resarcitoria allí deducida. Otros supuestos de extinción de la acción penal, pág. 598
f) La responsabilidad por riesgo creado en el proceso penal, pág. 600
1) Doctrina que propicia el conocimiento y decisión de la responsabilidad por riesgo exclusivamente por los jueces en lo civil, pág. 601
2) Doctrina que admite que el juez penal pueda aplicar la teoría del riesgo creado. Nuestra opinión, pág. 603
§ 659. El ejercicio de la acción resarcitoria en sede civil independiente de la acción penal, pág. 609
a) Planteo de la cuestión, pág. 609
b) Efectos del proceso penal sobre el proceso civil, pág. 610
1) Presencialidad penal. Suspensión del dictado de la sentencia, pág. 610
c) Requisitos, pág. 613
1) Pendencia de la acción penal, pág. 613
I. Acción penal pública, pág. 614
II. Acción penal dependiente de instancia privada, pág. 616
III. Delitos de acción privada, pág. 617
IV. La pendencia de la acción penal supone que la misma no se haya extinguido, pág. 618
2) Identidad de hechos fundantes de ambos procesos, pág. 618
d) Excepciones al principio de suspensión del dictado de la sentencia, pág. 621
1) Extinción de la acción penal, pág. 621
2) Frustración efectiva del derecho a ser indemnizado del damnificado por dilación del procedimiento penal, pág. 621
3) Supuesto en que la acción civil se funda en factores objetivos de atribución, pág. 625
4) Suspensión del proceso penal a prueba (probation), pág. 625
5) Inaplicabilidad en materia de derechos intelectuales, pág. 627
e) Procesos a los que se aplica, pág. 627
f) Cese de la suspensión, pág. 628
g) Carácter de la norma, pág. 629
§ 660. Efectos que produce la sentencia penal sobre la sentencia civil, pág. 630
a) Planteo de la cuestión, pág. 630
b) La normativa del código civil y comercial, pág. 632
c) Influencia de la sentencia penal condenatoria sobre el juicio civil, pág. 633
1) El artículo 1776 del código civil y comercial, pág. 633
2) ¿Qué se entiende por "hecho principal"?, pág. 634
3) ¿Qué alcance tiene la expresión "culpa del condenado"?, pág. 639
4) Alegación de la culpa concurrente en sede civil, pág. 640
5) Extensión de los efectos con relación al tercero civilmente responsable, pág. 643
6) Cuestiones extrañas a la preeminencia del decisorio penal y reservadas al juez civil, pág. 644
d) Efectos que produce la sentencia penal que declara inexistencia de responsabilidad criminal, pág. 645
1) El sistema del código civil y comercial, pág. 645
2) Alcance y contenido de la expresión "inexistencia del hecho" y de "autoría", pág. 646
3) Inexistencia de responsabilidad penal, pág. 648
4) Causas de justificación, pág. 648
5) Absolución o sobreseimiento por no constituir delito el hecho imputado, pág. 649
6) Ausencia de relación de causalidad, pág. 649
7) Excusas absolutorias penales, pág. 651
8) Absolución del imputado fundada en la inexistencia de daño, pág. 652
9) Absolución del imputado por aplicación del principio in dubio pro reo, pág. 653
10) Absolución del imputado y factores objetivos de atribución, pág. 653
11) Efectos de la declaración de inculpabilidad del imputado dictada en la sentencia penal absolutoria, pág. 655
12) Acerca de los elementos a tenor de los cuales se elabora la sentencia civil absolutoria, pág. 658
13) Especies de resoluciones judiciales alcanzadas por la norma, pág. 658
14) Carácter de la norma, pág. 659
§ 661. Sentencia penal posterior a la sentencia civil, pág. 660
a) Revisión de la sentencia penal que hizo cosa juzgada sobre la sentencia civil, pág. 661
b) Supuestos de responsabilidad objetiva, pág. 662
c) Otros supuestos admitidos por el legislador, pág. 662
d) Quid de la aplicación del artículo 1780 al supuesto previsto en el artículo 1775, inciso b, pág. 663
§ 662. ¿Es conveniente mantener la solución normativa que consagran los artículos 1774 a 1780 del código civil y comercial?, pág. 664
§ 663. Efectos del proceso penal sobre el curso de la prescripción de la acción resarcitoria, pág. 672
a) La cuestión en el régimen anterior, pág. 672
b) Desaparición en el nuevo código de la suspensión de la prescripción por deducción de querella criminal, pág. 675
Bibliografía, pág. 677
ISBN: 9789873008580

1. RESPONSABILIDAD CIVIL; 2. ACCION CIVIL; 3. ACCION PENAL; 4. RESPONSABILIDAD AMBIENTAL; 5. RESPONSABILIDAD DE ENTIDADES DEPORTIVAS; 6. RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES; 7. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS; 8. RESPONSABILIDAD POR PUBLICACIONES EN INTERNET; 9. DAÑO A LA VIDA DE RELACION; 10. DAÑO AMBIENTAL I. Vallespinos, Carlos Gustavo

(1) Inv.: 01-014917 S.T.: 10/4 PIZt/3 ej.1
Solicitante: