PONENCIAS
1. La regulación del régimen de la Propiedad Horizontal debe estar acorde con la evolución de las nuevas técnicas de la construcción y las necesidades sociales.
2. Debe aceptarse la posibilidad de constituir derechos reales sobre unidades funcionales en construcción o a construírse, en todos los supuestos.
3. Que la normativa de sobreelevación debe ser diferenciada conforme el autorizado, sea o no titular de una unidad funcional.
4. Si la autorización consta en el Reglamento de Copropiedad y Administración y su titular es propietario de una de las unidades funcionales existentes, dicho derecho es oponible a acreedores y sucesores de los restantes consorcistas y responde por las deudas del autorizado.
5. El derecho de sobreelevar es transmisible a otro título singular o universal
ISBN: 0325-4607
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Fernández Rouyet, Romelio D.
El espacio aéreo en la propiedad horizontal. Sobreelevación
En: Revista Notarial : 873. -- Vol. 873 (1984). -- La Plata : Buenos Aires. Colegio de Escribanos, 1984
PONENCIAS
1. La regulación del régimen de la Propiedad Horizontal debe estar acorde con la evolución de las nuevas técnicas de la construcción y las necesidades sociales.
2. Debe aceptarse la posibilidad de constituir derechos reales sobre unidades funcionales en construcción o a construírse, en todos los supuestos.
3. Que la normativa de sobreelevación debe ser diferenciada conforme el autorizado, sea o no titular de una unidad funcional.
4. Si la autorización consta en el Reglamento de Copropiedad y Administración y su titular es propietario de una de las unidades funcionales existentes, dicho derecho es oponible a acreedores y sucesores de los restantes consorcistas y responde por las deudas del autorizado.
5. El derecho de sobreelevar es transmisible a otro título singular o universal
ISBN: 0325-4607